¿Quién puede solicitarlas?
- Personas autónomas y pymes con una antigüedad máxima de 5 años.
- Con domicilio social en la Comunitat Valenciana.
- Que desarrollen su actividad en sectores con potencial de crecimiento (mundo rural, turismo, sector alimentario, servicios digitales, sostenibilidad, salud, educación, entre otros).
¿Qué gastos se subvencionan?
La ayuda financia gastos corrientes relacionados con la actividad empresarial, como:
- Alquiler de locales u oficinas.
- Gastos salariales del personal contratado.
- Servicios profesionales (gestoría, asesoría, consultoría, notaría, certificaciones, etc.).
No son subvencionables las inversiones, la compra de maquinaria o equipamiento, reformas, suministros (luz, agua, internet), seguros, impuestos o cuotas de autónomos.
Importe de la ayuda
- Hasta el 70 % de los gastos subvencionables.
- Máximo de 15.000 € por beneficiario.
- El proyecto deberá contar con un presupuesto mínimo subvencionable de 5.000 € (IVA no incluido).
Periodo de gastos subvencionables
Serán subvencionables los gastos realizados y pagados entre el 1 de mayo de 2025 y el 31 de mayo de 2026.
Plazo de presentación
Del 1 al 31 de julio de 2026 (ambos incluidos).
Presentación: https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G95950












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